Rige la ley antitabaco - Pinamar
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Rige la ley antitabaco

Se puso en marcha la ley que prohíbe el consumo de tabaco en sectores públicos. No se podrá fumar en espacios cerrados que no superen los 100 metros cuadrados. Hay algunas excepciones y severas multas, sumadas a una amplia campaña de prevención. 
 
Desde el 16 de Septiembre pasado entró en vigencia la ley 13.894 que prohíbe el consumo de tabaco en todos los ámbitos estatales, lugares de trabajo, transportes públicos y espacios cerrados de acceso público del ámbito privado en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

La nueva ley antitabaco también prohíbe fumar, en forma absoluta, en todos los espacios de los establecimientos de salud y educativos de carácter público, tanto en lugares abiertos como cerrados.  

Tampoco se podrá fumar en ningún ámbito privado de acceso público, incluyendo “todo lugar donde se ejerza algún tipo de actividad comercial, recreativa, cultural o deportiva” como por ejemplo bares, restaurantes, shopping, entre otros.

Excepciones y nuevas exigencias

Para bares y restaurantes (y demás espacios cerrados de acceso público) con espacios destinados al público de más de 100 metros cuadrados se admitirán zonas específicas para fumar. Pero ese sector para fumadores no podrá exceder el 30 % del total del local en cuestión y además deberá estar completamente separado del espacio libre de humo con un sistema de ventilación propio. También deberán estar debidamente señalizados en lugares claramente visibles.
 
Otras excepciones planteadas en la norma son los patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso público como restaurantes, bares, cibers, salas de fiestas, estaciones terminales, gimnasios, etc.
 
También en bingos y casinos se podrá fumar si el espacio cuenta con una superficie cubierta mayor a 400 metros cuadrados, aunque la ley obliga a colocar o readecuar sistemas de purificación del aire y ventilación
 
Por otro lado, la nueva norma establece que el personal que trabaje en lugares donde se permite fumar deberá recibir controles médicos anuales.

Campaña de difusión y prevención
 
El Ministerio de Salud pondrá en marcha el Programa Provincial de Prevención y Lucha contra el Consumo de Tabaco con el objetivo de difundir los riesgos que acarrea el consumo de tabaco y ofrecer tratamiento a las personas adictas al cigarrillo.
 
Además, la reglamentación establece que todas las escuelas de la Provincia, tanto de nivel primario como medio, deberán incluir en la currícula charlas y actividades destinadas a concientizar sobre los perjuicios del consumo de tabaco. Incluso se prevé la capacitación anual de los docentes sobre los perjuicios que acarrea la adicción al cigarrillo.
 
Y en todos los lugares públicos o privados, donde sea aplicable la prohibición se deberá colocar carteles indicando “Prohibido Fumar. El fumar es perjudicial para la Salud Ley 13.894”.
 
Sanciones por publicidad e infracciones a la ley
 
La nueva ley prohíbe la publicidad en medios de comunicación provinciales y en la vía pública de productos elaborados con tabaco. Sólo podrá publicitarse en el interior de los lugares de venta. Además queda explícitamente prohibido que las tabacaleras auspicien cualquier tipo de actividad deportiva, cultural o recreativa.
 
En cuanto a las multas previstas en la norma, se establece que los responsables de aquellos lugares que infrinjan la ley serán sancionados con una multa equivalente al valor de entre 250 y 1.000 paquetes de cigarrillos de 20 unidades de la marca nacional más cara que se comercialice en el país y, en caso de reincidencia, deberán pagar el equivalente de hasta 2.500 paquetes.
 
Además, en caso de que un lugar sea multado tres veces o más en el término de un año, se prevén clausuras de entre 5 y 30 días.
 
En tanto, los que publiciten, auspicien o promocionen tabaco incumpliendo la prohibición prevista en la ley, deberán pagar una multa equivalente al valor de entre 2.500 y 100.000 paquetes de cigarrillos de la marca nacional más cara. En caso de reincidencia la sanción podrá ascender hasta el valor de un millón de paquetes.

En Pinamar

En el ámbito local, fuentes oficiales nos confirmaron la elaboración de un comunicado amplio sobre esta ley a publicarse en detalle en esta semana, de manera que pueda implementarse el cumplimiento de la nueva norma en todos los ámbitos comerciales y estatales.
Cuando esté disponible publicaremos una copia en dpinamar.

Redacción dpinamar.com.ar
Lunes, 21 Septiembre 2009
 

 

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