Modificación de Ley 20.744 “Contrato de Trabajo” - Pinamar
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Modificación de Ley 20.744 “Contrato de Trabajo”

La Dirección de Defensa del Consumidor y Desarrollo Local de la Municipalidad De Pinamar, a cargo del Director Guillermo Elorriaga, informa a la comunidad que, el Senado y Cámara de Diputados de la Nación, han realizado una modificación al Artículo 124 de la Ley 20.744 “Contrato de Trabajo” la cual fue sancionada con fuerza de Ley bajo el Nº 26.590, el cual se transcribe a continuación:
Artículo 124: Las remuneraciones en dinero debidas al trabajador deberán pagarse, bajo pena de nulidad, en efectivo, cheque a la orden del trabajador para ser cobrado personalmente por éste o quien él indique o mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial.
Dicha cuenta, especial tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones, ni costo alguno para el trabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada. La autoridad de aplicación podrá disponer que en determinadas actividades, empresas, explotaciones o establecimientos o en determinadas zonas o épocas, el pago de las remuneraciones en dinero debidas al trabajador se haga exclusivamente mediante alguna o algunas de las formas previstas y con el control y supervisión de funcionarios o agentes dependientes de dicha autoridad.
El pago que se formalizare sin dicha supervisión podrá ser declarado nulo.
En todos los casos el trabajador podrá exigir que su remuneración le sea abonada en efectivo.
 

 

Información de Prensa Municipal
Miércoles, 14 de Julio de 2010

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